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Las empresas de colectivo pretenden llevar el boleto plano a 642 pesos

La comisión de Transporte presidida por Maximiliano Delfino, tiene en estudio el pedido de los empresarios.

Así lo indicaron las empresas de transporte urbano de pasajeros en una nota enviada al Concejo Deliberante. La comisión de Transporte presidida por Maximiliano Delfino, tiene en estudio el pedido de los empresarios.

Actualmente, tras el aumento otorgado por los concejales durante el 2022, el boleto plano tiene un valor de 123 pesos, siendo uno de los más caros de la provincia de Buenos Aires, especialmente si se hace una ecuación que incluya distancia recorrida, frecuencia, estado de las unidades y valor del pasaje.

En la nota presentada, además de un aumento estrafalario se pide la eliminación de las audiencias públicas que exige la ley para avalar los incrementos en las tarifas, de las que participan los usuarios que exponen las falencias en el servicio.

Días atrás representantes de las dos empresas de colectivos que circulan en Necochea informaron que en un plazo de 15 días comenzarían a funcionar cuatro unidades con rampa para personas con dificultad motora y que se amplía la frecuencia horaria de la línea 513 hasta las 21:40 para dar respuesta al alumnado del ISFD y T número 31 hasta final de la cursada.

Vale destacar que las empresas no tomaron estas medidas por "buenos", sino porque la exige la legislación vigente.

El derecho a la accesibilidad al transporte público de personas con discapacidades motrices establece dar cumplimiento a la Ley Nacional número 26378, aprobada por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, Ley Nacional número 24314 y su modificatoria de Ley Nacional número 22431 “Sistema de protección integral de los discapacitados”, la Ley Orgánica de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, Decreto Ley número 16.378/57 reglamentado por Decreto número 6864/58, su modificatoria mediante Ley Provincial número 12502/00 reglamentada a su vez por Decreto Provincial número 2538/01, el Decreto-Ley Provincial número 7466/69 que regula el transporte colectivo de pasajeros que se realiza dentro de los límites territoriales de cada partido de la provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Municipal número 6753/09, y la Resolución número 45/17 de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

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